Al honorable señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior. Después de trabajada y aun pasada a US. H . una gran parte del proyecto de Código civil, para cuya formación se comisionó a esta Corte por un decreto legislativo, ha visto ella el Código que sobra la misma materia se a dado ya la República de Chile y se halla actualmente en observancia. Sabías desde muy atrás que en esa República, hermana nuestra, de idéntica progenie, de lenguaje, costumbres y legislación idénticas, sintiendo como nosotros la necesidad de reducirá un solo cuerpo los varios en que son esparcidos, las leyes que arreglan el derecho privado, de mejorarlas con las luces modernas, y do atemperarlas a las instituciones y usos dominantes en América, había encargado la formación de esta obra a una muí respetable comisión poniendo a su frente al Sabio Colombiano, señor doctor Andrés Bello, muí conocido y apreciado en el mundo literario. Rica esta comisión de variados y profundos conocimientos, dueña de todo el tiempo que ha querido darse, y no dividiendo su atención, como la divido esta Corte, en varias y complicadas materias forenses, ha entresacado lo mejor de los Códigos europeos mas acreditados, lo ha apropiado a los hábitos de nuestro hemisferio, y lo ha ordenado todo bajo un plan sencillo y metódico. La Corte, que no abriga sentimiento de orgullo ni vanidad; y que cree que no ahí mengua alguna en adoptar lo bueno que ya se encuentra hecho, no ha vacilado en volver sobre sus pasos, dando de mano a sus trabajos anteriores, y se ha contraído á examinar detenidamente dicho Código. De este examen ha resultado la convicción de que su plan es preferible al que se había trazado la Corte, y que sus doctrinas v aun su estilo podían ser adoptados por nosotros, luciendo solamente una que otra variación, que la diferencia de circunstancias y el bien de la claridad hicieran necesaria. Así lo está haciendo la Corte, y hoy tiene la satisfacción do remitir, por mi órgano. el título preliminar, del mencionado Código que ha revisado hasta aquí, para que el Consejo de Gobierno contraiga a él sus observaciones, más bien que al que se tenía pasado antes de ahora.